“El concilio quiere transmitir la
doctrina pura e íntegra, sin atenuaciones,...
Autor: José Miguel Arráiz |
Fuente: Apologetica.org
El 25 de enero de 1959 el Papa
Juan XIII anunció la intención de convocar un Concilio ecuménico, haciendo
realidad el deseo de algunos papas, como Pio XI (1922-1939) y Pio XII.
Finalmente fue convocado oficialmente con la constitución apostólica Humanae
salutis de 25 de diciembre de 1961
Finalidad
del Concilio
La
principal finalidad quedó expresada en el primer documento aprobado por el
Concilio: La constitución de la sagrada Liturgia:
“Este sacrosanto
Concilio se propone acrecentar de día en día entre los fieles la vida
cristiana, adaptar mejor a las necesidades de nuestro tiempo las instituciones
que están sujetas a cambio, promover todo aquello que pueda contribuir a la
unión de cuantos creen en Jesucristo y fortalecer lo que sirve para invitar a
todos los hombres al seno de la Iglesia.”(1)
Se
identifican así cuatro objetivos principales: el incremento de la vida
cristiana, la reforma de las instituciones mudables de la Iglesia, la
reunificación de los cristianos (ecumenismo), y la puesta al día de la Iglesia
o aggiornamento de la Iglesia, con la finalidad de que nadie padeciera
un desgarrón por pertenecer a la Iglesia y al mismo tiempo al mundo moderno, de
manera que la armonía de ser cristiano sólo sufra la tensión escrita en el
evangelio: «estar en el mundo y no ser del mundo»(2). El Papa Pablo VI lo
expresaba diciendo:
“El
Concilio ha tenido vivo interés por el estudio del mundo contemporáneo. Tal vez
nunca como en esta ocasión ha sentido la Iglesia la necesidad de acercarse, de
comprender, de penetrar, de servir, de evangelizar a la sociedad que la rodea;
de acogerla, casi de acompañarla en su rápido y continuo cambio”(3)
Pero este
aggiornamento no debe interpretarse como una ruptura con la doctrina de
la Iglesia, sino como una continuidad con la misma, tal como ya expresaba el
Papa Juan XXVIII en el discurso de apertura:
“[El
concilio] quiere transmitir la doctrina pura e íntegra, sin atenuaciones, que
durante veinte siglos, a pesar de las dificultades y luchas, se ha convertido
en patrimonio común...Nuestro deber no es sólo custodiar este tesoro precioso,
como si únicamente nos ocupásemos de la antigüedad, sino también dedicarnos con
voluntad diligente, sin temores, a la labor que exige nuestro tiempo,
prosiguiendo el camino que la Iglesia recorre desde hace veinte siglos...Una
cosa es el depósito mismo de la fe, es decir, las verdades que contiene nuestra
venerada doctrina, y otra la manera como se expresa, y de ello ha de tenerse
gran cuenta, con paciencia si fuera necesario; ateniéndose a las normas y
exigencias de un magisterio de carácter prevalentemente pastoral”(4)
Comisión
antepreparatoria
Se creó
una comisión antepreparatoria el 17 de mayo de 1959 presidida por el cardenal
Tardini, que recogería las sugerencias temáticas a tratar en la asamblea
conciliar. Las conclusiones de estos trabajos antepreparatorios pasaron después
a una comisión central preparatoria, constituida el 5 de junio de 1960 y
presidida directamente por el papa y en su ausencia por el cardenal Tisserant.
Participación
El
Concilio Ecuménico Vaticano II contó más representación de todos los concilios
ecuménicos, pues asistieron unos 2.540 padres conciliares (con una media de
asistencia de unos 2000) procedentes de todas las partes del mundo y de una
gran diversidad de lenguas y razas. Fue por tanto el más grande en cuanto a
cantidad (Calcedonia 200; Trento poco más de 250, Vaticano I, 750) y en cuanto
a catolicidad pues es la primera vez que participan obispos en modo sustancial
no europeos (sobre todo africanos y asiáticos).
Sesiones
del Concilio
El
Concilio constó de cuatro sesiones: la primera de ellas fue presidida por el
Papa Juan XXIII en el otoño de 1962, quien falleció un año después el 3 de
junio de 1963. Las otras tres etapas fueron convocadas y presididas por su
sucesor, el Papa Pablo VI, hasta su clausura en 1965. La lengua oficial del
Concilio fue la lengua latina.
El 13 de
octubre se iniciaron las congregaciones generales. Del 22 de octubre al 13 de
noviembre se discutió la reforma litúrgica, en la que se introducían
importantes modificaciones, siendo una de las más espectaculares la de permitir
el uso de las lenguas vernáculas en la celebración de la eucaristía y de los
demás sacramentos. La votación del 14 de noviembre sobre el esquema de liturgia
tuvo un amplio respaldo.
El mismo
14 de noviembre se comenzó a debatir el esquema sobre las fuentes de la
revelación. Las discusiones fueron muy vivas y se fueron decantando dos
corrientes antagónicas. El día 24 del mismo mes sería retirado el esquema, para
ser reelaborado de nuevo por una comisión designada al efecto. Entre tanto, se
sometió a los padres una propuesta sobre medios de comunicación social. El 27
de noviembre se aprobaron las líneas generales del esquema por gran mayoría.
Al
iniciarse, el 26 de noviembre, los debates sobre las Iglesias orientales, se
advirtió ya que no había existido una buena coordinación preparatoria del texto
presentado. En vista de ello, el 1 de diciembre el concilio decidió devolver el
texto a la comisión para que se incluyera en el esquema sobre ecumenismo.
A partir
del 1 de diciembre se dedicaron seis congregaciones generales a discutir el
esquema De Ecdesia, que versaba sobre la esencia y la estructura de la Iglesia.
El esquema presentado tenía una concepción eclesiológica de carácter
institucional, de acuerdo con la teología de Belarmino. Las críticas llovieron
sobre el documento pidiendo una reelaboración total del mismo.
La
primera fase del concilio se clausuró por Juan XXIII el 8 de diciembre. A estas
alturas del concilio, ninguno de los cinco temas debatidos estaban preparados
para su publicación. Se imponía proseguir el concilio al cabo de cierto tiempo,
pero el papa que lo había convocado no llegaría a ver su reanudación. El 3 de
junio de 1963 falleció Juan XXIII, y el 21 de junio le sucedería el cardenal
Juan Bautista Montini, que tomó el nombre de Pablo VI (1963-1978).
La
segunda etapa conciliar comenzó su andadura el 29 de septiembre de 1963. En su
discurso de apertura Pablo VI reasumió en cuatro puntos la finalidad del
concilio: exposición de la teología de la Iglesia, su renovación interior, la
promoción de la unidad de los cristianos y, por último, el diálogo con el mundo
contemporáneo.
En esta
fase del concilio los trabajos de los padres se centraron en el documento sobre
la Iglesia. Todo el mes de octubre se dedicó a discutir el nuevo esquema De
Ecdesia, presentado por el cardenal Ottaviani. Los puntos más debatidos del
esquema fueron: la colegialidad episcopal y la institución del diaconado
permanente; con menor intensidad fueron debatidos la corresponsabilidad de los
seglares y la vocación a la santidad de todos los bautizados. Con el fin de dar
una salida a los debates, el moderador, cardenal Suenens, con el aval del papa,
propuso a la asamblea conciliar una votación orientativa sobre las cinco
cuestiones doctrinales más controvertidas. El voto favorable de la mayoría a
las tesis propuestas hizo que se superara la crisis planteada y que se
reenviase de nuevo a la comisión el esquema con las enmiendas y las nuevas
orientaciones.
Una vez
solventada la crisis del esquema De Ecclesia, el concilio se dedicó a debatir
el esquema sobre el ministerio pastoral de los obispos, que tenía especial
incidencia en temas como las conferencias episcopales y la reforma de la curia
romana. También se debatió sobre el esquema de ecumenismo. Así llegamos al
final del segundo período de sesiones, y el 4 de diciembre de 1963 el concilio
aprobó solemnemente la constitución sobre liturgia, y el decreto sobre medios
de comunicación social.
El tercer
período de sesiones se abrió el 14 de septiembre de 1964 con una solemne
concelebración de Pablo VI con 24 padres conciliares, que expresaba de forma
emblemática la renovación litúrgica aprobada en la sesión anterior. El esquema
sobre la Iglesia había sido objeto de una nueva redacción en la que se
incorporaba un capítulo más sobre el carácter escatológico de la Iglesia, y
otro mariológico. Las tensiones anteriores se volvieron a hacer presentes, de
modo que en el capítulo tercero sobre la colegialidad, el papa tuvo que enviar
una Nota explicativa previa, para reducir la oposición de la minoría,
reafirmando la doctrina sobre el primado papal del Vaticano I. El esquema sobre
el decreto de libertad religiosa suscitó también una controversia por las
implicaciones políticas que podía llevar consigo. Otros esquemas fueron
discutidos de modo más pacífico, como el de la vida y ministerio de los
presbíteros, y el de la Iglesia y el mundo actual. En la sesión solemne del 21
de noviembre de 1964 se promulgaron: la constitución dogmática Lumen
gentium, el decreto sobre ecumenismo, y el decreto sobre las Iglesias
orientales.
Llegados
a este punto, parece obligado afirmar el valor fundamental de la constitución
Lumen gentium, en cuanto supone una toma de conciencia de la Iglesia sobre sí
misma. En ella se engarzan los demás textos del concilio, y se configura así
como la clave hermenéutica para interpretar debidamente el resto de los
documentos conciliares. La Lumen gentium expone la doctrina sobre el misterio
de la Iglesia, Pueblo de Dios, al que todos los fieles son incorporados por el
bautismo. De ahí deriva la radical unidad de todos los fieles que integran la
Iglesia y el carácter universal de la llamada a la santidad. Declara también la
constitución que los obispos son sucesores de los apóstoles, y que, además de
presidir sus Iglesias particulares, forman parte de un «colegio» o cuerpo
episcopal del que cada obispo se hace miembro. Este colegio está presidido por
el obispo de Roma, y no puede obrar al margen de éste.
Los meses
que separaron la tercera y la cuarta sesión se caracterizaron por un trabajo
incesante de las comisiones conciliares. El 14 de septiembre de 1965 se abrió
el cuarto período de sesiones. En su discurso de apertura, el papa anunció la
creación del «sínodo de los obispos». Se comenzó debatiendo el nuevo esquema
enmendado sobre la libertad religiosa, que todavía dio lugar a algunas
discrepancias. No sucedió lo mismo con otros documentos de mayor rapidez en su
tramitación, como el decreto sobre el ministerio pastoral de los obispos, el
decreto sobre renovación de la vida religiosa, el decreto sobre formación de
los sacerdotes, la declaración sobre relaciones con religiones no cristianas, y
la declaración sobre la educación cristiana. Todos estos textos fueron
aprobados y promulgados en la sesión del 28 de octubre de 1965.
La
constitución sobre la divina revelación y el decreto sobre el apostolado de los
laicos se promulgaron en la sesión del 18 de noviembre del mismo año.
Ya casi
al final de esta etapa conciliar se había planteado un serio debate en torno al
esquema 13. °, cuyo nuevo borrador no había disipado las dudas de algunos
padres conciliares y se originaron vivos enfrentamientos a propósito de
problemas concretos, como el desarme, la guerra total, etc. La febril actividad
de la comisión consiguió elaborar un texto que mereció la aprobación de una
amplia mayoría. En la sesión del 7 de diciembre se promulgó definitivamente esta
constitución con el nombre de Gaudium et spes. Igualmente se aprobarían los
decretos sobre la actividad misionera y sobre el ministerio y vida de los
presbíteros, así como la declaración sobre libertad religiosa.
El 8 de
diciembre, en una solemne ceremonia celebrada en la plaza de San Pedro, el
santo padre clausuraba el Concilio Vaticano II. El breve apostólico In Spiritu
Sancto de Pablo VI declaraba la terminación del concilio y renovaba la plena
aprobación de las decisiones conciliares.
Aunque
todavía es pronto para hacer una valoración de conjunto del último concilio
ecuménico, sí podemos destacar algunos puntos más sobresalientes: se ha dado
una gran profundización doctrinal en temas como la colegialidad episcopal, la
sacramentalidad del episcopado, la comunión de las Iglesias y el sentido
participativo de la liturgia. El decreto sobre ecumenismo ha abierto nuevas vías de diálogo con los
hermanos separados, y a la vez se ha afirmado con rotundidad el principio de
libertad religiosa. El Vaticano II ha repristinado también la llamada
universal a la santidad y, en consecuencia, la responsabilidad de los laicos en
la santificación de las realidades terrenas. Se puede afirmar que el saldo es
ciertamente positivo.
Por lo que se refiere a la aplicación de lo
legislado por el Vaticano II, convendría señalar la intensa actividad
desplegada por Pablo VI y Juan Pablo II en este terreno. Así, hemos de
consignar: la promulgación del nuevo Misal romano en 1969, de la Liturgia de
las Horas en 1971, de un nuevo Código de derecho canónico para la Iglesia
latina en 1983, de un Código de cánones para las Iglesias orientales en 1990, y
un nuevo Catecismo de la Iglesia católica (1992). Amén del trabajo realizado
por las conferencias episcopales y el Sínodo de los Obispos.
Bibliografía
Domingo
Ramos-Lissón
Historia
de los Concilios Ecuménicos
Conferencia
Episcopal Española
Concilio
Ecuménico Vaticano II, Constituciones, Decretos y declaraciones
Biblioteca
de Autores Cristianos, 526
Notas:
Constitución
Sacrosanctum Concilium (1)
2
Conferencia Episcopal Española, Concilio Ecuménico Vaticano II, B.A.C. 526,
Madrid MMIV, p. XVIII
3
Discurso del Papa Pablo VI en AAS 58 (1966) 51-59
4 Juan
XXIII. Discurso durante la inauguración del Concilio Vaticano II
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